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Comerciantes autoconvocados protestaron en la Peatonal contra las restricciones

Un grupo de trabajadores y propietarios de comercios de Santa Fe protestó en la Peatonal San Martín en contra de las medidas restrictivas que impuso impuso el Gobierno provincial y municipal desde el 12 de septiembre y por dos semanas ante la aceleración de casos de coronavirus.
VIERNES 18 DE SEPTIEMBRE DE 2020

En el mediodía de este viernes, un grupo de trabajadores y propietarios de comercios de Santa Fe protestó en la Peatonal San Martín en contra de las medidas restrictivas que impuso impuso el Gobierno provincial y municipal desde el 12 de septiembre y por dos semanas ante la aceleración de contagios de coronavirus.

Los manifestantes se identificaron como "comerciantes autoconvocados" y marcharon por el microcentro de la capital santafesina para que se vuelva atrás con la decisión y puedan trabajar de 10 a 18 horas como lo venían haciendo.

Los reclamos pasaron sobre todo por la caída en la recaudación y las ventas, los costos fijos que se mantienen, y la crisis que viene arrastrando el sector y que se agudizó con la pandemia.

"Somos comercios que queremos subsistir y trabajar. Sabemos que vamos a convivir con el virus, entonces con los protocolos necesarios queremos tener abiertos todos los días de 10 a 18 horas. Las autoridades del Centro Comercial y de la Asociación de Amigos de Calle San Martín no nos representan, somos autoconvocados", aseguró uno de los manifestantes. 

Y agregó: "Estamos dando trabajo a más de 1000 familias en la zona del microcentro, que son empleados de comercio. Las autoridades lo tienen que comprender, esperamos que así sea", completó uno de los comerciantes. No estamos en contra de nadie, solo queremos trabajar". 

Paralelamente, hubo protestas de los propietarios de gimnasios en la Plaza 25 de Mayo, frente a la Casa de Gobierno de la provincia en el sur de la ciudad.

Horarios y modalidades en la ciudad

Desde el sábado 12 de septiembre rigen nuevas disposiciones para la prevención de la circulación del coronavirus. En ese marco, las actividades de los rubros esenciales siguen funcionando como lo hacían pero hay modificaciones para los demás sectores. Además siguen sin estar habilitadas las reuniones afectivas y las caminatas recreativas sólo pueden realizarse en un radio de 500 metros desde el domicilio.

El comercio minorista de rubros esenciales está habilitado a funcionar en los mismos horarios que lo venía haciendo, siempre de corrido. La venta de esos rubros está habilitada tanto en locales individuales como en mercados o ferias de hasta 8 puestos.

En cuanto al comercio minorista de rubros no esenciales, se informa que podrá funcionar sólo en locales de proximidad y de 14 a 19.30 hs. Para aquellos locales que funcionen en la zona céntrica (delimitada por Suipacha, Urquiza, General López, Rivadavia y 27 de Febrero) sólo estará habilitada la venta a través de delivery o take away. Para el resto de la ciudad, además de esas dos modalidades, se habilita la venta presencial, con los alcances del artículo 3° del Decreto Provincial N° 954/20.

Otras actividades económicas

Los locales gastronómicos (bares, restaurantes, rotiserías, heladerías, y otros de venta de productos alimenticios elaborados) sólo podrán funcionar bajo modalidades no presenciales. Es decir, están habilitados a la venta por delivery durante todo el día; y con la modalidad take away hasta las 22.

En tanto, no están habilitados para el desarrollo de sus actividades:

  • Comercio mayorista de venta de mercaderías de rubros no esenciales.
  • Museos y bibliotecas.
  • Shoppings.
  • Ejercicio de profesiones liberales excluidas las vinculadas a la medicina y la escribanía
  • Obras privadas que ocupen más de cinco (5) trabajadores, profesionales o contratistas de distintos oficios desarrollando tareas simultáneamente en el lugar.
  • Inmobiliarias.
  • Mudanzas.
  • Actividades administrativas de sindicatos, entidades gremiales empresarias, cajas y colegios profesionales, administración de entidades deportivas, y la actividad  administrativa y académica de universidades nacionales y privadas.
  • Servicios de peluquería, manicuría, cosmetología y podología.
  • Actividad laboral de las empleadas y empleados de casas particulares, comprendidos en el régimen de la Ley N° 26844. Quedan excluidos de la restricción y en consecuencia habilitados para ejercer su actividad quienes se desempeñan como cuidadores de adultos mayores y personas con discapacidad.

Deportes, educación y cultos

De acuerdo a las nuevas disposiciones provinciales, tampoco está habilitada la práctica de actividades deportivas y físicas, sea en clubes, gimnasios o al aire libre; la pesca deportiva y recreativa en la modalidad desde costa y embarcados; la navegación recreativa ni las actividades de guarderías náuticas y clubes deportivos vinculados a las mismas.

Asimismo, no podrán realizarse actividades a distancia de artistas en salas de grabación y ensayo; preproducción, producción y postproducción de audios o audiovisuales; enseñanza de expresiones y disciplinas artísticas en forma particular por un docente o artista en tal carácter, o integrado a un espacio colectivo, institución o establecimiento; actividades artísticas y artesanales a cielo abierto, en plazas, parques y paseos; ni las actividades religiosas que impliquen concurrencia simultánea de más de 10 personas.





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