— Rosario/12
La Justicia frenó al intento de La Libertad Avanza (LLA) por bloquear la reforma constitucional que impulsa el gobierno de Maximiliano Pullaro. Un juez de primera instancia rechazó el recurso de amparo que había presentado un grupo de autoridades del partido libertario. De esta manera, quedó firme la ley de necesidad de reforma que el frente Unidos logró sacar adelante en Legislatura sobre el final del año pasado, con la ayuda del bloque peronista alineado tras Omar Perotti. Sin embargo, desde las filas de Javier Milei en Santa Fe ya adelantaron que apelarán el fallo judicial.
El amparo había sido presentado por Carlos Scalzotto, presidente del partido Vida y Familia, Marcos Peyrano, apoderado de LLA en Santa Fe, y el diputado nacional Nicolás Mayoraz. El planteo de LLA buscaba que la Justicia declarase la inconstitucionalidad de varios artículos de la ley 14.384. Los libertarios cuestionaron específicamente los artículos 2, 5, 6 y 9 de la ley 14.384, los cuales consideran excesivos en cuanto a las atribuciones de la Legislatura, especialmente en lo referente a la determinación del contenido de los cambios a realizar, una tarea que según ellos corresponde únicamente a la Convención Constituyente. Asimismo, criticaron la modalidad de elección de los convencionales y la exclusión de los miembros del Poder Judicial como posibles candidatos a constituyentes.
Lo habían ingresado antes de feria, el 20 de diciembre, y reclamaba la suspensión cautelar de los efectos de la norma por constituir un acto de autoridad pública "que de forma inminente lesiona y restringe con ilegalidad manifiesta derechos y garantías reconocidos en la Constitución Nacional, Provincial y en los tratados internacionales con jerarquía constitucional". Por lo tanto, también pedían la anulación del llamado a elecciones de convencionales constituyentes que Pullaro convocó para el 13 de abril.
En sencillo, LLA critica que la ley sancionada enuncia los artículos de la Constitución que hay que reformar, pero en párrafos siguientes se extralimita e induce o pretende imponer qué sentido y contenido de reforma aplicar. Y eso -señala Mayoraz- es un exceso inconstitucional porque es una tarea y criterio de los convencionales que sean electos.
Otro cuestionamiento del amparo rechazado es la elección de convencionales, uno por departamento como si fuesen senadores. Eso deja fuera de carrera la representatividad de los partidos minoritarios.
Los amparistas alegaron que la ley sancionada los "lesiona como ciudadanos pero también como parte de los partidos políticos" y recuerdan que conforme el artículo 38° de la Constitución nacional, "los partidos políticos son parte esencial del sistema democrático", y que la Corte Suprema de Justicia les ha reconocido la "condición de auxiliares del estado e instituciones fundamentales para el desenvolvimiento de la democracia". Definieron la acción de amparo, e invocaron su derecho a accionar judicialmente.
El juez de feria, Ezequiel Zabale, quien reemplaza a la jueza natural Susana Gueiler, fundamentó su rechazo al amparo libertario al argumentar que la declaración de inconstitucionalidad es un acto de "suma gravedad institucional" y debe considerarse como último recurso dentro del orden jurídico.
El magistrado entendió que “la ley cuestionada ha sido puesta, sancionada, conforme los mecanismos constitucionales vigentes y de las someras consideraciones realizadas no surge ninguna de las afectaciones mencionadas, siendo alguna de ellas meramente conjeturales”. Además, sostuvo que el proceso de amparo era innecesario, dado que no se presentaron suficientes elementos probatorios que justificaran una medida cautelar.
"A lo largo de toda su presentación, la parte actora ha procurado justificar la urgencia pero la misma no surge cristalina ni necesaria. En efecto, prácticamente las tres quejas enunciadas, en caso de concretarse alguna de ellas, pueden ser eventualmente corregidas con la decisión de fondo y diversas instancias futuras”. Por tanto, Zabale desestimó la solicitud y sostuvo que no existía "urgencia" en los planteos realizados por los libertarios. Además, afirmó que para que la justicia intervenga deberían producirse hechos concretos, como la negación de inscripción de los miembros del Poder Judicial como convencionales, algo que podría ser corregido en instancias posteriores.