Avanza en Nación la homologación de la emergencia agropecuaria en territorio santafesino y para la provincia de Córdoba. Este jueves, autoridades del Ministerio de Desarrollo Productivo del Gobierno de Santa Fe mantuvieron un encuentro con funcionarios nacionales para solicitar la declaración a nivel nacional, lo que posibilitará medidas de alivio para los productores afectados en materia de impuestos de índole nacional como Ganancias y Bienes personales. Cabe recordar que la emergencia por parte del Gobierno de Santa Fe fue declarada por el gobernador Maximiliano Pullaro la semana pasada en cuatro departamentos (9 de Julio, Vera, General Obligado y San Cristóbal) y ya se activó el registro online para que productores afectados accedan a las medidas de alivio promovidas por el Gobierno de la Provincia.
“Mantuvimos una reunión muy importante con el secretario de Agricultura, Ganadería y Pesca de Nación, Sergio Iraeta, en el marco de la Comisión Nacional de Emergencia Agropecuaria. Ahí recomendaron la homologación y ahora está a la firma del Ministerio de Economía de Nación”, explicó el secretario de Agricultura y Ganadería del Ministerio de Desarrollo Productivo de Santa Fe, Ignacio Mántaras, para luego valorar “la celeridad con la que la Comisión se puso a disposición. La resolución es inminente, en breve comenzarán a tener vigencia las medidas nacionales de alivio fiscal”.
Alivios fiscales para productores
Mantaras explicó que los alivios fiscales abarcan la prórroga de vencimientos de impuestos como Ganancias y Bienes Personales, la suspensión de la iniciación de los juicios de ejecución fiscal para el cobro de los impuestos adeudados y de los juicios en trámite, como así también de procedimientos administrativos por cobros de acreencias vencidas y, entre otras medidas, la posibilidad de deducir en el balance las ventas forzosas de hacienda que realicen los productores con certificado.
Por su parte, el ministro Gustavo Puccini remarcó que “estas gestiones son esenciales en el complejo marco que atraviesan nuestros productores agropecuarios. Desde el Estado debemos estar junto a ellos, generando herramientas para afrontar la contingencia, al mismo tiempo que reafirmamos la importancia de seguir trabajando en medidas de fondo para acompañar al sector”.
Comisión Nacional de Emergencia Agropecuaria
En términos de la Ley Nº 26.509 y después de deliberar con relación a la presentación y lo expuesto por la Provincia de Santa Fe, la Comisión Nacional de Emergencia Agropecuaria propuso por unanimidad recomendar al Ministerio de Economía de la Nación declarar a nivel nacional el estado de emergencia y/o desastre agropecuario. De ser homologada, la fecha de inicio será retroactiva al 1° de septiembre de 2024 y se extenderá hasta el 28 de febrero de 2025 e incluirá a las explotaciones agropecuarias afectadas por sequía en los departamentos 9 de Julio, Vera, General Obligado y San Cristóbal.
Registro para productores afectados
Como se explicara, se encuentra vigente el formulario para que los productores, enmarcardos en la emergencia agropecuaria provincial, puedan gestionar alivios fiscales a través del Sistema Santafesino de Gestión de Situaciones de Emergencia Agropecuaria (Sisagea). Aquellos productores que se encuentran en los departamentos de 9 de Julio, Vera, General Obligado y San Cristóbal pueden solicitar el Certificado de Emergencia o Desastre Agropecuario mediante el cual accederán a ayudas apuntadas a morigerar los efectos adversos productos de la sequía. La emergencia se declaró con fecha retroactiva desde el 1 de septiembre de 2024 hasta el 28 de febrero de 2025.
Quienes obtengan Certificado de Emergencia Agropecuaria (50% o más de la producción afectada) accederán a la prórroga de las cuotas 5° y 6° del Impuesto Inmobiliario Rural y Urbano de 2024, además de las cuotas de 2025 cuyos vencimientos se produzcan hasta el 28 de febrero del mismo año. En tanto que aquellos a quienes se les emita el Certificado de Desastre Agropecuario (80% de afectación), se les otorgará la condonación de dichas cuotas.
Para los productores que ya hubieran abonado estas cuotas, la Administración Provincial de Impuestos emitirá certificados de crédito fiscal o procederá a la devolución, según corresponda.
Adicionalmente, se dispuso la suspensión de juicios y acciones administrativas por el cobro de impuestos durante un período de 180 días posteriores al período de emergencia agropecuaria, beneficiando así a los productores en situación de emergencia o desastre.