Los fiscales que investigaron el caso son Omar De Pedro y Daniel Filippi, quienes solicitarán penas de entre 20 y 25 años de prisión.
El tribunal pluripersonal estará compuesto por los jueces Susana Luna (presidenta); Jorge Pegassano y Luis Octavio Silva. Según informó la Oficina de Gestión Judicial (OGJ), el miércoles a partir de las 8:30 se realizarán los alegatos de apertura.
Luego de la audiencia inicial, el juicio se reanudará el miércoles 1 de noviembre, el jueves 2 y el viernes 3 de noviembre, siempre a partir de las 8:30. Los alegatos de clausura, en tanto, fueron programados para el lunes 6 de noviembre. Por último, está previsto que la sentencia se de a conocer el miércoles 8 de noviembre.
Los abuelos de la víctima están en prisión preventiva desde 2014, fecha en la que la madre del niño –que es la hija y hermana de los imputados– denunció lo ocurrido. Por su parte, el tío de la víctima está detenido desde 2016.
El abuelo del niño fue imputado por los fiscales como autor de los delitos de abuso sexual con acceso carnal agravado (por resultar grave daño en la salud mental de la víctima; por ser cometido por ascendiente, encargado de la educación y guarda; por ser cometido por dos personas; y por aprovechar la situación de convivencia preexistente con el niño menor de edad) y promoción de la corrupción de menor agravada (por ser la víctima menor de 13 años; y por ser ascendiente y personas conviviente y encargada de la educación y guarda del menor), ambos delitos en concurso ideal. Además, fue imputado como autor de coacciones reiteradas, en concurso ideal con los otros dos delitos.
Por su parte, al tío de la víctima, los funcionarios del MPA le atribuyeron la autoría de los delitos de abuso sexual con acceso carnal agravado (por resultar grave daño en la salud mental de la víctima y por ser encargado de la guarda) y promoción de la corrupción de menor agravada (por ser la víctima un menor de 13 años y por ser el imputado persona encargada de la guarda del menor), ambos delitos en concurso ideal. Además, fue imputado como autor de los delitos de coacción agravada por el uso de arma de fuego y desobediencia a un mandato judicial, todo en concurso real”.
En tanto, la abuela del niño fue imputada como autora del delito de promoción de la corrupción de un menor agravada (por ser la víctima menor de 13 años y por ser ascendiente y persona conviviente encargada de la educación y guarda del menor) y partícipe principal del delito de abuso sexual con acceso carnal reiterado agravado (por resultar grave daño en la salud mental de la víctima; ser cometido por ascendiente, encargado de la educación y guarda; ser cometido por dos personas y por aprovechar la situación de convivencia preexistente con el niño menor de 18 años), ambos delitos en concurso ideal.
La madre de la víctima se constituyó como querellante en la causa.