La Justicia Nacional Electoral difundió los montos de las multas para quienes no cumplan con el deber cívico de votar en las Primarias Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (Paso) del 11 de agosto y en las elecciones generales del 27 de octubre, y habilitó la consulta web del Registro de Infractores.
No ir a votar sin justificativo durante los próximos comicios tendrá como consecuencia multas de $50 en el caso de las Paso y de $100 en las generales y en un eventual balotaje. Solo quedan exceptuados los mayores de 70 años y los menores de 18.
Además, quedó habilitada, a través de la web, la consulta al Registro de Infractores al deber de votar, para que cada elector pueda comprobar si se encuentra o no en tal calidad y, en esa hipótesis, regularizar su situación o hacer un reclamo.
Aquéllos que figuren en esa categoría, podrán generar e imprimir la correspondiente boleta en la misma página de internet y efectuar el pago de la multa. El monto de las sanciones integra el Fondo Partidario Permanente, a cargo del Ministerio del Interior.
La penalidad se puede cancelar a través del Banco de la Nación (imprimiendo una boleta de pago), Pago Fácil y Rapipago o por medios electrónicos a través de tarjeta de crédito y transferencia bancaria.
Los que consideren que están en el listado por equivocación, tendrán la posibilidad de realizar un reclamo online o acercándose a la Secretaría Electoral correspondiente a su domicilio, con su documento y el troquel que acredita el sufragio.
Mientras no regularicen su situación, los infractores no podrán hacer gestiones o trámites ante organismos estatales nacionales, provinciales o municipales durante un año.