Un tribunal penal de primera instancia leerá este martes desde las 14 la resolución del juicio que se llevó a cabo en el Centro de Justicia Penal por la explosión ocurrida el 6 de agosto de 2013 en el edificio situado en Salta 2141, en la que fallecieron 22 personas.
Los jueces Marcela Canavesio, Juan Carlos Leiva y Rodolfo Zvala, integrantes del tribunal, serán los encargados de dar a conocer la decisión que alcanza a las once personas que llegaron al debate oral y público imputadas por el delito de estrago culposo agravado. Familiares de las víctimas y sobrevivientes convocaron a concentrarse desde el mediodía en las puertas del Centro de Justicia Penal (Mitre y Virasoro).
Los acusados son: Osvaldo Carlos García (gasista); Pablo Miño (ayudante de García); José Luis Allala (gasista que hizo un trabajo previo en la torre); Norma Bauer, Mariela Calvillo y Carlos Repupilli (responsables de la administración del edificio); Guillermo Oller, Luis Curaba y Gerardo Bolaño (reclamistas de Litoral Gas); Claudio Tonucci (jefe de mantenimiento de redes de Litoral Gas); y Viviana Leegstra (gerenta técnica de Litoral Gas).
La Fiscalía, en los alegatos de apertura y clausura, solicitó la máxima pena (5 años de prisión efectiva) para nueve de los once imputados. En tanto, pidió el sobreseimiento para dos: José Luis Allala y Gerardo Bolaño.
Por su parte, la querella, representada por la familia de Débora Gianángelo –una de las 22 víctimas fatales– pidió la pena de 5 años de prisión efectiva para los once acusados. Sostuvo, a través de los abogados Ángelo y Luis Rossini, que "todos fueron responsables por acción u omisión".
Para el cuerpo de fiscales, integrado por Graciela Argüelles, Miguel Moreno, Valeria Piazza Iglesias y María Eugenia Iribarren, la explosión fue consecuencia de “una cadena de negligencias” que involucraron desde el gasista que trabajaba en el lugar hasta el personal de la empresa Litoral Gas y los administradores del consorcio.
Para la fiscal Graciela Argüelles, que expuso el alegato de apertura de la Fiscalía, el 6 de agosto de 2013 "terminaron los hechos, no empezaron". Según indicó, hubo una "serie de omisiones que crearon una situación de peligro que aportaron al resultado final". Se trata de tareas presuntamente irregulares hechas por distintos gasistas y reclamistas de Litoral Gas. Explicó que tras el llamado de la vecina del noveno piso, los trabajos apuntaron a verificar si existía una eventual pérdida de gas, pero que todas las personas que manipularon los elementos de conexión del servicio jamás se detuvieron a responder el reclamo de baja presión.
Argüelles, en el alegato de apertura, dejó en claro que el gasista Carlos García, el último que manipuló el gabinete de gas antes de la explosión, no cortó el suministro cuando comenzó a hacer los trabajos; tampoco la luz; no cerró la puerta de acceso al edificio; ni avisó a los vecinos cuando empezó el escape.
La fiscal también apuntó contra el personal jerárquico de Litoral Gas al indicar que no brindaron la suficiente capacitación a sus subordinados ni ejercieron el control necesario sobre los trabajos que hicieron. "Viviana Leegstra y Claudio Tonucci carecían de un plan de previsibilidad, pudiendo agravar el daño causado por la explosión", aseveró.
Sobre el último punto, en el juicio se expuso que tras la explosión se tardó 2 horas y 46 minutos para que se pueda cortar el suministro de gas en el lugar, ya que la única máquina de Litoral Gas para hacer esa tarea estaba en un trabajo programado en Oroño y Circunvalación, en un sector alejado de la torre céntrica. El dato cobró especial relevancia porque la querella y la Fiscalía subrayaron que al menos tres muertes se produjeron por inhalación de monóxido de carbono y no por politraumatismos.
Por su parte las defensas de los acusados pidieron la "absolución" de sus representados por "falta de responsabilidad penal".